El exmagistrado Román Duque Corredor solicitó a la Contraloría General de la República declarar nula la inhabilitación de María Corina Machado, dirigente nacional del partido Vente Venezuela y candidata presidencial.
La Contraloría decidió inhabilitar a María Corina Machado por 15 años, luego de una investigación patrimonial en la que, según la institución, se determinaron errores y omisiones en la declaración jurada de bienes evaluada durante la auditoría correspondiente. La medida fue divulgada el viernes 30 de junio por José Brito, diputado a la Asamblea Nacional.
Duque Corredor hizo la solicitud a través de una carta dirigida al controlador, Elvis Amoroso Hidrobo, con fecha 2 de julio. “Tal alegada inhabilitación es conocida por un hecho notorio de comunicación y por una declaración pública de una tercera persona, a través de medios audiovisuales, tanto oficiales como extraoficiales, como es el ciudadano Dionisio Brito Rodríguez, también como hecho de comunicación, los dos hechos no son denegada; y de quien se informa que dicha inhabilitación se debe a supuestos actos de responsabilidad administrativa”, escribió el abogado en la carta.
Indicó que la declaración fue firmada “por un funcionario incompetente, de conformidad con el artículo 105 de la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control Fiscal; y sin que conste su decisión como” y Contralor en la Oficina, a que correspondería tal competencia exclusiva y exclusiva, y ninguna referencia a ningún expediente o procedimiento anterior a la investigación administrativa.
Agregó que el escrito aparece sin ningún tipo de trámite de decisión administrativa, como, agregó, piden los artículos 7 y 18 de la Ley Orgánica de Procedimiento Administrativo.
“Eso parece ser una evidente usurpación de autoridad; y, por tanto, un acto de corrupción. Según el Oficio transmitido por el ciudadano Dionisio Brito, la declaración de responsabilidad administrativa de la que no consta la sanción accesoria de inhabilitación por 15 años en los medios.
Duque Corredor agregó que en el Oficio no se acreditó que la potestad sancionadora se ejerció luego de realizar un procedimiento administrativo al amparo de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control Fiscal, en el cual se garantizan todos los derechos a el administrador.
Cuestionó que en el oficio que envió Brito a los medios se habla de una supuesta ampliación de la inhabilitación de María Corina Machado de 12 meses a 15 años que no ha sido objeto de declaración de responsabilidad administrativa de ningún tipo. procedimiento, lo que desencadena la sanción de inhabilitación.
“Lo que constituye una violación a la garantía del debido proceso, a la que se contrae el artículo 49 de la Constitución. También que no haya notificación formal al ciudadano prenominado”, dijo el exmagistrado Duque Corredor.
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