El TSJ no publicó íntegramente la sentencia del 4 de noviembre, en la que rechazó la solicitud al CNE de publicar los resultados detallados de las elecciones presidenciales. El abogado dijo que se violan los principios de acceso, transparencia, debido proceso y publicidad de las decisiones judiciales.
Andrés Giussepe, uno de los demandantes, solicitó el miércoles 6 de noviembre al TSJ copia certificada de la decisión emitida por la Sala Constitucional, el 4 de noviembre, en la que se declara improcedente el recurso de abstención o ausencia en contra del CNE. .
Este es el recurso firmado por la abogada María Alejandra Díaz, suspendida por el TSJ de su ejercicio profesional, por la no publicación de los resultados desagregados de las elecciones presidenciales del 28 de julio.
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Díaz indicó que la decisión no ha sido publicada en su totalidad en el sitio web del TSJ “por corresponder a los principios de acceso, transparencia, debido proceso y publicidad de las decisiones judiciales y desconocemos el motivo de la misma”.
TSJ
Hoy le preguntó uno de los actores.@Agiussepe Copia certificada de la resolución emitida por la SC N° 0603 donde declaran improcedente Recurso de Abstención o falta contra el CNE por la NO PUBLICACIÓN de resultados desagregados, por no haber sido… pic.twitter.com/k8gbxgIK36— María Alejandra Díaz Marín🐞🦗🦎🐝🐜 (@MariaesPueblo) 6 de noviembre de 2024
También dijo que seguirán en la lucha democrática.
El recurso de apelación sobre los resultados de las elecciones de julio se interpuso porque un recurso de nulidad presentado por el Frente Democrático Popular (FDP) fue declarado inadmisible. Lo firman el abogado Díaz, el economista Andrés Giuseppe, Juan Barreto (Redes); el coordinador nacional del Bloque Histórico Popular, José Luis Ibrahim Esté, los dirigentes del Partido Comunista de Venezuela (PCV), Oscar Figuera, Yul Jabour y Carlos Ojeda Falcón y por el líder de Centrados, Enrique Márquez.
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