La abogada y exdiputada chavista María Alejandra Díaz insistió en que el ejercicio de los derechos es legal y constitucional y aclaró que el demandante no ofendió ni generó zozobra alguna, como afirmó el TSJ. “Solo piden respetar las decisiones 31 de la Sala Electoral y 211 y 212 de la Sala Constitucional y sus criterios jurisprudenciales vinculantes”
Luis Castillo | El Carabobeño
La abogada y exdiputada chavista María Alejandra Díaz calificó de “un abuso” y “una extralimitación” la decisión de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, que la suspendió de su ejercicio profesional luego de haber interpuesto un recurso para solicitar la publicación de la Corte Suprema de Justicia. Resultados desglosados de las elecciones presidenciales del 28 de julio.
“No es sólo un abuso, es una extralimitación y una clara advertencia al libre ejercicio de la política”, escribió en su cuenta X el exdiputado, afín al Frente Democrático Popular (FDP), coalición disidente del chavismo. en el recurso de amparo constitucional contra el Consejo Nacional Electoral.
La Sala Constitucional no sólo rechazó el recurso, que pedía ordenar al CNE publicar resultados detallados, sino que también multó y suspendió temporalmente a Díaz del ejercicio profesional por las “graves acusaciones” señaladas en la acción de amparo constitucional.
Para la jueza Tania D’Amelio, quien firma la presentación, los argumentos expuestos por Díaz “cuestionan y irrespetan el poder de la Sala Electoral y de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, y además pretenden generar zozobra y conmoción en la población”. .
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El abogado insistió en que el ejercicio de los derechos es legal y constitucional, al tiempo que aclaró que los demandantes no ofendieron ni causaron zozobra alguna. “Sólo piden cumplir con las normas 31 de la Cámara Electoral y 211 y 212 de la Sala Constitucional y sus criterios jurisprudenciales vinculantes”.
Sostuvo que la sanción del TSJ es desproporcionada, ya que “no existe ninguna disposición que lo establezca y mucho menos tienen competencia para hacerlo, sin respetar el debido proceso y mi derecho de defensa”.
El exdiputado señaló que este tipo de sanciones no deberían aplicarse a abogados y mucho menos a una instancia constitucional. “¿Quién querrá ahora defender causas políticas y sociales como la actual, si pueden recibir este tipo de castigo?”
María Alejandra Díaz advirtió el miércoles 30 de octubre, al interponer el amparo, que el CNE no respetó lo establecido en el artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales sobre la publicación de los resultados de la votación en el Diario Electoral, en además de las sentencias de la Sala Electoral y de la Sala Constitucional.
Según el CNE, Nicolás Maduro ganó las elecciones presidenciales el 28 de julio, pero la organización no publicó los resultados detallados de las elecciones. Una parte de la oposición, encabezada por María Corina Machado y Edmundo González Urrutia, declaró fraude con base en las actas de votación en su poder. Una parte de la comunidad internacional dijo que no reconocerá la victoria del presidente hasta que los resultados se publiquen detalladamente.
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